Empresa
al dia
Compensación al
transporte marítimo y aéreo de mercancías, con origen
o destino en las Illes Balears
El BOE nº 157, de fecha 2/07/99, publica el Real
Decreto 1034/1999, de 18 de junio, sobre compensación al
transporte marítimo y aéreo de mercancías, con origen
o destino en las Illes Balears, de l que se ha elaborado
el siguiente resumen:
Antecedentes:
Con la finalidad de corregir las desventajas que, para
las actividades económicas, se derivan del hecho de la
insularidad, la Ley 30/1998 de 29 de julio, del
Régimen Especial de las Illes Balears (art. 7),
prevé una consignación anual en los Presupuestos
Generales del Estado para financiar un sistema de
compensaciones al transporte marítimo y aéreo de
mercancías interinsular o entre el archipiélago y la
península.
El presente de Real Decreto tiene como objetivo la
regulación de este sistema de compensaciones.
Sistema
de compensaciones
Abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y
aéreo de mercancías:
- Interinsular.
- Entre las Illes Balears y la península
- Entre las Illes Balears y otros
territorios de Estados miembros de la Unión
Europea (UE) y del Espacio Económico
Europeo (EEE).
La aplicación de este sistema no podrá dar lugar en
ningún caso a un coste efectivo por año natural
superior al importe de la consignación que a tal fin
figure en los correspondientes Presupuestos Generales del
Estado.
- Transporte
marítimo o aéreo de mercancías con origen
en las islas y destino en otros territorios.
Compensación de hasta el 35% sobre
la parte del coste del flete para aquellas
mercancías y productos originarios de las Illes Balears
o que hayan sufrido en éstas transformaciones que
aumenten su valor.
El coste no puede superar el correspondiente al
trayecto:
- Palma-Barcelona, si se realiza por vía
marítima.
- Palma-Madrid, si se realiza por vía
aérea.
Sectores
de atención preferente:
- Productos obtenidos de la indústria de la
madera
- Corcho
- Muebles de madera
- Madera tratada para su preparación
industrial
- Madera semielaborada
- Piezas de carpintería en serie: parquet,
estructuras de madera para la
construcción, puertas, ventanas, envases
y embalajes de madera.
- Artículos de peletería natural y artificial
para vestir.
- Calzado, incluido el ortopédico.
- Productos de la industria del cuero, adobo y
acabados de cueros y pieles, incluidos los
artículos de marroquinería y de viaje
confeccionados con cuero.
- Confecciones en serie y a medida de todo
tipo de piezas de vestir y complementos.
- Artículos de joyería y bisutería,
incluidas las perlas artificiales.
- Productos artesanales con calificación
del Govern Balear.
- Productos industriales transformados en las
islas, con un valor añadido superior al 20%.
- Artículos susceptibles de ser utilizados para
la nutrición humana.
- Transporte
marítimo o aéreo con destino a
las Illes Balears y origen en
otros territorios, de artículos sin
suficiente producción interior.
Compensación de hasta el 30% sobre
la parte del coste del flete.
El coste no puede superar el correspondiente al
trayecto:
- Palma-Barcelona, si se realiza por vía
marítima.
- Palma-Madrid, si se realiza por vía
aérea.
Sectores
de atención preferente:
- Mercancías no energéticas susceptibles de
ser utilizadas para obtener los productos de
atención preferente antes señalados, así
como los productos de alimentación de ganado.
- El Delegado del Gobierno en la CAIB elaborará
una lista sin carácter excluyente de los
artículos que cumplen los requisitos para
acogerse a la bonificación.
- Transporte
marítimo o aéreo interinsular.
Transporte marítimo o aéreo interinsular de residuos
originarios de las Illes Balears no procesables ni
reciclables: compensación de hasta el 35%
sobre el flete respectivo.
Producto originario de las Illes Balears:
- Todo aquel que haya sido recolectado,
extraído o totalmente producido o fabricado en
dichas islas.
- Aquellas mercancías que habiendo sufrido
transformaciones en territorio nacional o
extranjero experimenten en las Illes
Balears las últimas operaciones del
proceso productivo, siempre que estas operaciones
hayan variado las características de la
mercancía suponiendo un cambio de la partida
arancelaria aplicable o un aumento de valor
imputable al 20% del valor del CIF (coste,
seguro y fleto) en puerto o aeropuerto balear de
las mercancías producidas.
Procedimiento
de concesión de las compensaciones.
- El remitente de las mercancías que
hayan sido vendidas en régimen de contratación
CIF (coste, seguro y flete), cuando se trate de mercancías
y productos originarios de las Illes Balears
dirigidos a la UE o al EEE,
- El receptor de los envíos
interinsulares de residuos,
- El receptor, en caso
de las mercancías sin suficiente producción
interior enviadas a las Illes Balears.
Será necesario que el beneficiario acredite haber
efectuado el pago del importe del flete correspondiente
al transporte.
- Solicitudes,
plazos y documentación.
"En el plazo de un mes desde la publicación en
el BOE del acuerdo por el que se inicie de oficio el
procedimiento en el mes de enero de cada año, podrán
dirigirse las solicitudes a la Delegación del Gobierno
en la CAIB."
Referidas a transportes realizados durante el
último año natural a aquel en que se concedan las
compensaciones
- Acreditación de la personalidad:
- Personas físicas: el DNI o pasaporte
- Personas jurídicas: la escritura de
constitución, modificación, en su caso,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Si los documentos ya se encuentran en poder de la Adm.
General del Estado el solicitante podrá acogerse al
derecho de no presentarlos (art. 35 L 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
- Documentación acreditativa del
transporte efectuado:
- Interinsular: Certificado del origen de
los residuos y factura del flete
- Illes Balears-UE/EEE: Acreditación de
conocimiento de embarque, factura del flete, y en
su caso la documentación acreditativa de
condiciones de los productos o mercancías.
- Declaración de no haber recibido otra
subvención para la financiación de transporte
y si así fuere, su relación, importe y
organismos concedentes.
El Delegado del Gobierno en la CAIB resolverá las
solicitudes presentadas.
La Delegación del Gobierno en la CAIB determinará
los promedios de los costos de los fletes más
representativos para cada uno de los sectores y
trayectos.
Plazo máximo de resolución de las solicitudes
será de 3 meses desde la fecha del acuerdo de
iniciación del procedimiento, plazo ampliable en
caso de no poder atender todas las solicitudes.
- Obligaciones
de los beneficiarios:
- Acreditación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social
- Facilitar toda la información requerida.
- Comunicar al órgano concedente de la
compensación, la obtención de otras
subvenciones para la misma actividad.
- Llevar los registros contables de modo que
permitan identificar de forma diferenciada las
partidas o gastos concretos en que se han
materializado las compensaciones concedidas.
- Cuando el órgano concedente lo estime
conveniente para un importe superior a 5.000.000
ptas., (30.050,61 ), realizar a cargo del
beneficiario una auditoria limitada a comprobar
la aplicación de los fondos.
- Concurrencia
de subvenciones:
El importe de las subvenciones concedidas no podrá
superar:
- En cuanto mercancías el coste del
transporte para los trayectos Palma-Barcelona por
vía marítima o Palma-Madrid por vía aérea.
- En cuanto a residuos no reciclables no
procesables en las islas, el coste del transporte
interinsular
- Comisión
Mixta:
- Se crea una Comisión Mixta compuesta por:
- 2 representantes del Ministerio de
Fomento
- 1 representante del Ministerio de
Economía y Hacienda
- 3 representantes del Govern Balear
- Funciones: seguimiento y evaluación de la
aplicación del sistema de compensación.
- Cuantía
acumulada de las compensaciones:
No podrá superar el importe total señalado en la
Comunicación de la Comisión Europea a las ayudas
"de minimis" (96C 68/06).
|
Portada
El
cicloturismo en Balears
Actualidad
Reconeixement
CAEB
y la Tesorería General de la Seguridad Social acuerdan
impulsar en baleares el sistema RED
Los
colores del taxi de Palma: patrimonio de la ciudad
Medio
siglo en el puerto de Maó
Asociacionismo
en Ibiza y Formentera: una realidad al alcance de todos
Empresa
al dia
Acuerdo
de colaboración tecnológica entre CAEB y Telefónica de
España
La
competitividad y las nuevas tecnologías
Premio
a la Promoción de Medidas de Seguridad y Salud Laboral
en las empresas de las Islas Baleares
Nuevo
convenio CAEB-Telefónica
Nuevo
convenio CAEB - Santander
Compensación
al transporte marítimo y aéreo de mercancías, con
origen o destino en las Illes Balears
Formación
Cursos
de formación
Entrevista
Treballam
a ple rendiment però no amb overbooking
Asociaciones
Asociación
de Empresas Familiares de Baleares
Euro
Info Centre
España
lidera el crecimiento de la zona euro
Recuperación
del euro durante el mes de julio
La
Comisión Europea propone adelantar el fin legal de la
peseta
La
inflación de la zona euro aumenta
Recuperación
del euro frente el dólar
Actualidad
Telemática
Centres
comercials telemàtics i Borsa i mercats
Novetats
a la pàgina Web de CAEB
Bibliografía
Novedades
Full
Econòmic
Recortes
de prensa
|