Empresa al dia
Avance de las novedades fiscales 2004
Ya están en fase de tramitación los proyectos de Ley de Presupuestos para el año 2004, tanto de la Comunidad Autónoma, como del Estado, así como sus respectivas leyes de Acompañamiento. El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 10 de octubre la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Medias Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que acompañan al de los Presupuestos del Estado para 2004. Por otra parte el Parlamento de las IB, aprobó en sesión de día 30 de octubre (BOPIB núm. 16) Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2004 y el Proyecto de Ley de Medidas Tributarias y Administrativas.
A pesar de que no serán definitivos hasta su posterior publicación en el Boletín Oficial correspondiente, creemos que es conveniente, por la trascendencia de su contenido, ofrecer un breve resumen con las modificaciones fiscales más relevantes que incorporan.
Así, a modo de resumen, en materia fiscal destacan las siguientes actuaciones:
IRPF
Se declaran exentas en el IRPF todas las prestaciones públicas por nacimiento, adopción, hijos a cargo y maternidad. Asimismo, quedan exentas las becas para estudios en España o en el extranjero concedidas por entidades sin fines lucrativos.
Se declara la aplicabilidad a las cuotas participativas de las Cajas de Ahorro de las previsiones contenidas en la normativa reguladora del impuesto para las acciones y participaciones sociales.
Se traspone a la normativa española la Directiva europea sobre la fiscalidad del ahorro en la que se establece que las retenciones practicadas en los Estados que no se acojan transitoriamente al mecanismo de intercambio de información tendrán la consideración de pago a cuenta en el IRPF español.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes
Se introducen modificaciones como consecuencia de la aprobación de la Directiva del Consejo relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones entre sociedades asociadas de diferentes Estados miembros.
Impuesto sobre Sociedades
Se aprueban una serie de novedades en el Impuesto de Sociedades con objeto de fomentar las actividades de I+D+i, como son.
Aumento del 10% al 20% de la deducción de los gastos de personal investigador.
Ampliación de 500.000 euros a 1.000.000 de la base de deducción en la adquisición de patentes, licencias y diseños.
Ampliación del límite de deducción de I+D+i, que pasa del 45% al 50% de la cuota íntegra cuando el importe de esa deducción supere el 10% de dicha cuota.
Se adapta la regulación de la deducibilidad de las contribuciones de los promotores de planes de pensiones a la modificación introducida en el Texto Refundido de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones, de modo que la totalidad de las contribuciones extraordinarias reguladas en dicho precepto sean deducibles sin necesidad de que se produzca su imputación fiscal al partícipe.
Se efectúan determinadas mejoras en relación con las sociedades y fondos de capital riesgo.
Se prevé la no aplicación de las normas reguladoras de la subcapitalización y del régimen especial de transparencia fiscal internacional cuando la entidad vinculada no residente en territorio español sea residente en otro estado miembro de la UE.
Impuesto de Sucesión y Donaciones
Se establece que la reducción del 100 por 100 regulada para las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida sea aplicable, sin límite, a los seguros de venda causa de actos de terrorismo o en servicios prestados en misiones internacionales, humanitarias o de paz.
MODIFICACIONES EN LA CAIB
Bonificación del 99% de la cuota tributaria del impuesto en adquisiciones por descendientes y adoptados menores de veintiún años.
Se introduce la deducción del 85% en la cuota tributaria del IS y D a consecuencia de las donaciones de dinero de padres a hijos para la adquisición de la primera vivienda.
I.V.A.
Las operaciones de cesión de créditos o préstamos dejan de constituir un sector diferenciado.
La regulación de la modificación de la BI se adapta a la Ley Concursal (ley 22/2003). Se permite la modificación de la BI por causa de impago de la contraprestación en los casos en los que el deudor no tenga la condición de empresario o profesional.
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se aclara la regulación de las transmisiones patrimoniales en relación a las concesiones administrativas para definir el valor por el que computar bienes determinados que el concesionario esté obligado a revertir a la Administración. Dicho valor será el neto contable a la fecha de reversión, estimado según el porcentaje medio resultante de las tablas de amortización del IS, más los gastos de la reversión previstos.
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